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ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO

En Marin Law ofrecemos los servicios de creación de organizaciones sin fines de lucro (FUNDACIÓN o CORPORACIÓN).
Estas son entidades jurídicas privadas sin fines de lucro que están reguladas por los artículos 545 y siguientes del Código Civil y por la ley número 20.500 sobre las Asociaciones y la Participación Ciudadana en la Gestión Pública.

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¿QUÉ ES UNA FUNDACIÓN?


Es una persona jurídica sin fines de lucro constituida mediante la asignación de activos a un propósito específico de interés general.

 

¿QUÉ ES UNA CORPORACIÓN?


Es una persona jurídica sin fines de lucro, constituida por la asociación de personas para lograr un fin de interés general de sus asociados o de terceros.

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¿QUÉ ES UNA ONG O UNA ASOCIACIÓN?


Para fines legales, una ONG o una Asociación tienen las mismas regulaciones que la Corporación para su constitución y administración.

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VENTAJAS DE CREAR UNA FUNDACIÓN O CORPORACIÓN

 

Permite ser reconocida formalmente por la ley y por las instituciones estatales.

  • Permite optar por ser beneficiaria de fondos públicos a través de convocatorias de diferentes oficinas públicas y servicios públicos.

  • También permite participar en licitaciones públicas.

  • Permite recibir donaciones que otorgan beneficios fiscales a los donantes.


PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE FUNDACIÓN O SOCIEDAD SOCIAL

 

En Marin Law ofrecemos los servicios de creación de organizaciones sin fines de lucro en Chile. La constitución de Fundaciones o Corporaciones comienza ante la Municipalidad correspondiente y termina con la inscripción en el Registro de Entidades Jurídicas Sin Fines de Lucro del Registro Civil.
El acto constitutivo de una Fundación o Corporación es la suscripción o firma de un acta en la que se expresa la voluntad de crear la Fundación o Corporación y que contiene la aprobación de sus estatutos.
Una vez que existen los Estatutos de Constitución y los Estatutos de la Fundación o Corporación, debe depositarse en la Municipalidad , junto con un Certificado de No Similaridad de Nombre y el Certificado de Antecedentes Penales para Fines Especiales de cada miembro del Directorio.
Luego la Municipalidad puede hacer observaciones, que deben corregirse o rectificarse a través de la misma formalidad de las Actas y Estatutos y presentarse nuevamente ante el Municipio o no hacer observaciones, lo que significa que los estatutos son aprobados por la Municipalidad que emite un certificado al respecto.
Una vez que los Estatutos han sido aprobados, los registros deben ser enviados al Servicio de Registro Civil e Identificación para su inscripción en el Registro Nacional de Entidades Jurídicas Sin Fines de Lucro.
Con dicho registro es posible obtener el Certificado de Validez de la Entidad Jurídica y el Certificado de Validez del Directorio.
Finalmente, una vez obtenida la personalidad jurídica, es necesario asignar un RUT Único y Comenzar Actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII).

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Address

Rosario Norte 555, Oficina 504,

Las Condes, Santiago, Chile.
 

Email

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+56 2 26117240

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