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RESIDENCIA TEMPORAL

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Inversionistas y personal relacionado

 

Podrán solicitar la residencia temporal en esta subcategoría los siguientes extranjeros:

- Representantes legales y personas con funciones gerenciales o de alta dirección en una empresa extranjera, que buscan invertir en Chile un monto igual o superior a quinientos mil dólares de EE. UU. o su equivalente en otras monedas, siempre que la inversión tenga como objetivo la producción de bienes o servicios.
- Personas con funciones gerenciales, de alta dirección y personal técnico especialista, contratados como trabajadores dependientes o para prestar servicios en una empresa establecida en Chile, cuyo capital o patrimonio sea controlado directa o indirectamente por un
inversionista extranjero con al menos el 10% del derecho a voto de las acciones de la sociedad, o un porcentaje equivalente de participación en el capital social o en el patrimonio de la empresa, si no se trata de una sociedad por acciones.

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