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RESIDENCIA PERMANENTE o DEFINITIVA

La Residencia Permanente en Chile permite a un extranjero que previamente tuvo una residencia temporal, residir en Chile indefinidamente y desarrollar cualquier actividad legal en el país. Como tal, no se puede obtener una residencia permanente sin haber tenido primero una residencia temporal en Chile.
Además, para solicitar la residencia permanente, el extranjero debe haber completado cierto periodo estadía en el país durante la vigencia de su residencia temporal, junto con los requisitos necesarios que varían según el tipo de visa temporal que haya tenido el solicitante.
Para solicitar la Residencia Definitiva, los residentes temporales deberán haber residido en el país en dicha calidad por al menos 24 meses. De acuerdo con el artículo 79 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería y el artículo 66 de su Reglamento, el plazo de residencia necesario para solicitar la Residencia Definitiva puede ser de 12 meses en las siguientes circunstancias personales del extranjero:

 

- Vínculos familiares con nacionales o residentes definitivos.
- Misiones oficiales realizadas en Chile.
- Disponibilidad de rentas o pensiones.
- Inversiones ejecutadas y/o empresas que acrediten operación efectiva en Chile.
- Aporte al ámbito social, cultural, artístico, científico y/o deportivo.
- Otros casos previstos en Acuerdos Internacionales ratificados por Chile y que se encuentren
vigentes.


Dependiendo del tiempo de ausencia del país, se requerirá una cantidad específica de meses de residencia para postular a la Residencia Definitiva.
La solicitud de residencia permanente, regularmente, debe presentarse dentro de los 90 días anteriores a la expiración de la visa temporal actual. En caso de exceder el período de estadía concedido por la residencia temporal, no se puede presentar una nueva solicitud sin pagar una multa; proceso en el cual también podemos asistir a nuestros clientes.

Para mantener este beneficio, el residente no puede ausentarse fuera del país por un período continuo superior a dos años. En caso de no poder cumplir con este requisito básico, es necesario solicitar una extensión a través del consulado chileno más cercano dentro de los sesenta días corridos previos al vencimiento de dicho período. Esta prórroga se otorgará una sola vez y tendrá una vigencia de dos años.
Si se excede la extensión y no se viaja a Chile, la residencia permanente se revoca automáticamente.

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