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RECLAMACIONES DE HERENCIA DE PERSONAS QUE VIVEN FUERA DE CHILE

La ley chilena tiene un orden de sucesión cuando alguien fallece; cónyuge sobreviviente, hijos, padres, abuelos, hermanos y primos, y aunque a través de un testamento una persona puede dar parte de su patrimonio a quien quiera, la ley tiene la intención de proteger a la familia y el orden social general evitando la exclusión de estos miembros de la familia a través de un testamento.
Existen leyes chilenas que deben cumplirse para redactar un testamento, ya que se considera un acto "solemne" cuya creación debe haber seguido todos los procedimientos requeridos para considerarse válido, y debe tener en cuenta aspectos importantes como testigos e idioma.
Chile generalmente requiere que cualquier persona que tenga en su poder el testamento del fallecido lo presente ante el tribunal de sucesiones tan pronto como sea posible. Por lo general, se presenta una solicitud o petición para abrir la sucesión de la herencia al mismo tiempo.
Este es un proceso muy delicado que involucra a extranjeros (como testador, testigo o beneficiario) y requiere aún más conocimientos sobre la legislación chilena para garantizar la validez del testamento y/o los derechos de un extranjero en virtud de un procedimiento sucesorio chileno.

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